Crean un Sistema de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios

El Sistema es de aplicación obligatoria en todo el territorio. Se excluye del ámbito de aplicación, al transporte de productos fitosanitarios y a los productos fitosanitarios definidos como "Línea jardín".


13/07/2021 | Desde SENASA

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) crea el Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios en el ámbito de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (DNIYCA), mediante la Resolución 369/2021, publicada en el Boletín Oficial, con la firma del presidente, Carlos Paz.

"Si bien desde el año 2013 existe un sistema de trazabilidad tanto para agroquímicos como para productos veterinarios, la sanción de la Ley 27.279 que establece los presupuestos mínimos para la gestión de envases vacíos de agroquímicos, generó la necesidad de reformular el sistema de trazabilidad de productos fitosanitarios con el objetivo de integrarlo a la gestión de los envases a través de las autoridades ambientales competentes", explica, el director nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimenta, Alejandro Fernández.

Fernández afirma que "además, este nuevo sistema apunta a incorporar a todos los actores de la cadena y a facilitar su operabilidad de modo tal de disponer la información en línea de los productos trazables, fortaleciendo el seguimiento que realiza Senasa a través de su Sistema de verificación, el SIFFAB."

El Sistema es de aplicación obligatoria en todo el territorio de la República Argentina, para todas las personas humanas o jurídicas que importen, exporten, sinteticen, formulen, fraccionen, distribuyan, comercialicen, depositen y/o ejerzan la tenencia, con cualquier fin de productos fitosanitarios inscriptos en el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal, a cargo de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos de la Dirección Nacional de Protección Vegetal.

Cabe aclarar que se excluye del ámbito de aplicación, al transporte de productos fitosanitarios y a los productos fitosanitarios definidos como "Línea jardín" en el Artículo 1° de la Resolución Nº 871 del 2 de diciembre de 2010.

Este nuevo Sistema busca identificar los productos fitosanitarios trazables mediante un código numérico otorgado por el Senasa, a través de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos; y a los actores del Sistema mediante su Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Además, georreferenciar cada uno de los depósitos de productos fitosanitarios que intervienen en el ámbito de aplicación del Sistema y geolocalizar los productos fitosanitarios trazables a través de la declaración que realicen los actores en el Sistema, con respecto a los movimientos que efectúen los productos a través de toda la cadena de distribución, hasta el usuario final.

"La sistematización del circuito de comercialización de productos fiosanitarios permite conocer cuáles son los productos transformados por cada agente y en qué cantidad, como también así las sustancias que son utilizadas para su producción", aclaró por su parte el director de Estrategia y Análisis de Riesgo, Esteban Sampietro.

Asimismo cabe destacar que los actores del Sistema son los importadores, exportadores, sintetizadores, formuladores, fraccionadores, distribuidores, comercializadores, usuarios finales y tenedores para cualquier fin de productos fitosanitarios.

En tanto que el Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos (SIFFAB) de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria será la autoridad de aplicación del Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios y el responsable de su administración y gestión.

Para más información ingrese al apartado del Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos Fitosanitarios del Senasa.

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