Declaran emergencia agropecuaria para zonas de Entre Ríos
La medida alcanza a los productores citrícolas de Mandisoví tras el temporal de mayo, habilitando beneficios fiscales y crediticios para quienes acrediten daños en sus explotaciones.
A seis meses del devastador temporal que azotó al Departamento Federación, en la provincia de Entre Ríos, el Ministerio de Economía declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario para las explotaciones de citrus del distrito Mandisoví por los daños provocados por la importante caída de granizo y los fuertes vientos de aquel 5 de mayo. La medida establece que la emergencia regirá hasta el 4 de mayo de 2026, abarcando el ciclo productivo completo de la zona afectada.
La decisión surge a partir del pedido formal realizado por el gobierno de Entre Ríos, que presentó el decreto provincial 2522/2025 ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
En la reunión del 15 de octubre, la comisión analizó la situación y recomendó la declaración de emergencia para las explotaciones citrícolas de Mandisoví, en línea con lo dispuesto por la ley 26.509, que regula el régimen nacional para la atención de emergencias y desastres agropecuarios.
Según el decreto provincial, las explotaciones hortícolas también fueron incluidas en la declaración de emergencia, aunque en su caso el plazo de vigencia se fijó hasta el 4 de noviembre de 2025.
La resolución nacional, en cambio, se centra en los productores citrícolas y extiende la cobertura hasta el 4 de mayo de 2026, fecha que la comisión estableció como finalización del ciclo productivo para las áreas afectadas.
La resolución detalla los pasos que deberán seguir los productores para acceder a los beneficios previstos por la ley 26.509. Será necesario presentar un certificado emitido por la autoridad provincial competente, que acredite que el predio o explotación se encuentra comprendido en la zona y el período declarados en emergencia.
El gobierno de Entre Ríos deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la comisión nacional el listado de productores afectados, acompañado de la documentación respaldatoria.
La medida también instruye a las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, y a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), a implementar los mecanismos necesarios para que los productores comprendidos en la resolución accedan a los beneficios fiscales y crediticios previstos en los artículos 22 y 23 de la ley 26.509.
Estos artículos contemplan, entre otras medidas, la prórroga o exención de impuestos nacionales y la refinanciación de créditos bancarios para los productores afectados por emergencias o desastres agropecuarios.
Por último, la resolución faculta al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía a celebrar los convenios y actos necesarios para la ejecución de la medida, y establece que la norma entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
A su vez, el Ministerio de Economía dispuso la prórroga y ampliación del estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía en amplias zonas de la provincia de Río Negro, una medida que impacta de lleno en la actividad ganadera y busca aliviar la situación de los productores afectados. Esta decisión responde a la solicitud formalizada por el gobierno provincial y al análisis realizado por la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.
La resolución establece que, desde el 1 de junio de 2025 y hasta el 31 de mayo de 2026, las explotaciones ganaderas bovinas, ovinas y caprinas de los departamentos Avellaneda, Conesa, El Cuy, General Roca, Pichi Mahuida y 9 de Julio continuarán bajo el régimen de emergencia y/o desastre agropecuario, una situación que ya había sido declarada y prorrogada en años anteriores. Además, se incorpora a los departamentos Ñorquincó, Pilcaniyeu y 25 de Mayo, que a partir de la misma fecha quedan alcanzados por la declaración debido a la persistencia de la sequía.
El conflicto central que atraviesa la medida es la persistencia de condiciones climáticas adversas que afectan la producción ganadera en la región, y la necesidad de articular respuestas estatales que permitan a los productores acceder a beneficios fiscales, crediticios y administrativos previstos en la ley 26.509.
Esta norma, conocida como Ley de Emergencia Agropecuaria, habilita a los afectados a solicitar prórrogas impositivas, exenciones y asistencia financiera, siempre que acrediten su situación mediante un certificado emitido por la autoridad provincial competente.
La Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios recomendó la medida tras analizar la situación provincial y estableció el 31 de mayo de 2026 como fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas.






