AFIP reglamentó la prórroga para productores de cítricos

El organismo dio detalles sobre el pago de obligaciones impositivas para la cadena en Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Salta y Jujuy.

15/10/2019 | En emergencia económica

A través de la Resolución General 4607/2019, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, AFIP detalló la reglamentación de la prórroga del pago de obligaciones impositivas para la cadena de producción de cítricos de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Salta y Jujuy, que se declaró en emergencia económica por 365 días.

En primer lugar, la norma aclaró que los sujetos alcanzados son los productores, empacadores, comercializadores, industrializadores, contratistas y viveristas, de conformidad con las actividades del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE).

En cuanto al régimen especial de prórroga para abonar vencimientos fijados entre el 21 de junio último y el 19 de junio de 2020 y la suspensión de la emisión y gestión de intimaciones y de juicios de ejecución fiscal, estableció que la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante de las obligaciones impositivas, excepto retenciones y percepciones, y de las correspondientes a contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al régimen simplificado para pequeños contribuyentes (RS) se considerarán cumplidos en término siempre que se efectúen hasta el 31 de julio de 2020.

En tanto, el organismo excluyó del plazo especial a las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes, las destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y las correspondientes al seguro colectivo de vida obligatorio; las obligaciones a cargo de los sujetos; las contribuciones destinadas al Régimen Nacional de Obras Sociales, excepto los correspondientes a los sujetos adheridos al RS; y a las que llevan como destino el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre).

También aclaró que los contribuyentes que optaron por el pago mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjetas de crédito, podrán solicitar la suspensión ante las respectivas instituciones de pago. Además, fijó que estas obligaciones podrán cancelarse hasta el 31 de julio próximo con cualquiera de los medios de pago habilitados por la AFIP.

Paralelamente, suspendió hasta el 19 de junio del año próximo la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal, traba de nuevas medidas cautelares y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, respecto de todas sus obligaciones. De tratarse de las contribuciones de la seguridad social, la suspensión resultará de aplicación hasta el 18 de junio de 2021 inclusive.

Fuente: Infocampo

BUSCAR

REDES SOCIALES

Más Vistas

ACTUALIDADLlega a Paraná el 9° Congreso de Extrusores y Biopymes

Paraná será el escenario del 9° Edición del Congreso Internacional de Extrusores y Biopymes de la Región Centro, los días miércoles 8 y jueves 9 de octubre en el Centro Provincial de Convenciones.

[...]

19/09/2025 16 0

ACTUALIDADExtienden la quita temporal de retenciones a las carnes

El Gobierno nacional amplió hoy la política de retenciones cero, que hasta el momento abarcaba los principales granos y subproductos, al incluir la exportación de carnes avícolas y bovinas. 

[...]

22/09/2025 16 0

ACTUALIDADEntre Ríos exportó nuez pecán a Rusia y Países Bajos

El Senasa certificó el envío de la fruta sin cáscara en lo que va de septiembre. Se fortalece su presencia en el mercado externo con alto valor agregado.

[...]

19/09/2025 16 0

ACTUALIDADEliminan las retenciones para incentivar la liquidación

El objetivo de incrementar la oferta de dólares en el mercado y aliviar la presión sobre las reservas del Banco Central.

[...]

22/09/2025 16 0

ACTUALIDADLa tipificación bovina alcanza al 95% de la faena nacional

En el marco de la implementación del nuevo sistema de tipificación bovina, el 1 de septiembre comenzaron a tipificar 46 plantas frigoríficas que integran la etapa 2 del cronograma establecido.

[...]

17/09/2025 16 0
Redacción:
Dana Olivera Taleb

Editor General
E-mail: dana@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 689678
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Comercial:
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Web:
Gnosis Software

Diseño y Desarrollo
E-mail: info@gnosissoftware.com.ar

Telefono: 0343 - 4221057