Promulgan ley de emergencia para la cadena citrícola

La norma declara en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días a la cadena de producción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.

14/06/2019 | De cinco provincias

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.507, que determina la emergencia nacional para toda la cadena de producción de cítricos, con beneficios fiscales para cinco provincias.

La norma declara en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días a la cadena de producción de cítricos de las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Jujuy y Salta.

La ley facultó al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Asimismo, también podrá instrumentar regímenes especiales para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social que se encontraran vencidas al momento de entrada en vigencia de la presente ley y que se hubieran devengado a partir del 1° de marzo de 2018.

La AFIP formulará convenios de facilidades de pago para la oportuna cancelación de las obligaciones a las que se refiere la presente, en base a los regímenes especiales que se dispongan.

Los convenios de facilidades de pago que se instrumenten comprenderán una tasa de interés de hasta el uno por ciento (1%) mensual y abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 29 de febrero de 2020, inclusive, salvo que el Poder Ejecutivo nacional dispusiera la prórroga de la presente ley en los términos de su artículo 6°, en cuyo caso los convenios abarcarán las obligaciones que se devenguen hasta el 28 de febrero de 2021.

Durante la vigencia de la ley quedará suspendida la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y medidas preventivas para el cobro de los impuestos y obligaciones de la seguridad social adeudados por los contribuyentes que realicen las actividades comprendidas en el artículo 1° de la presente.

Los procesos judiciales que estuvieran en trámite quedarán paralizados hasta la fecha en la cual opere el vencimiento de esta ley; por el mismo período quedará suspendido el curso de los términos procesales, de la prescripción y de la caducidad de instancia; los aportes patronales quedarán exentos por el período de dos años.

Los sujetos alcanzados por esta ley tendrán beneficios particulares, adicionales a los descriptos en los artículos anteriores: podrán incorporar a los convenios de facilidades de pago que disponga el Poder Ejecutivo nacional, deudas por la totalidad de los períodos no prescriptos; dichas deudas, desde su vencimiento y hasta su consolidación, devengarán la tasa de interés del uno por ciento (1%) mensual; y se prorrogarán los pagos hasta que finalice la Emergencia Económica (365 días, prorrogable por 365 días más), momento en que se consolidará la deuda. A partir de dicha consolidación, se realizará una financiación a tasa de hasta el uno por ciento (1%) mensual en planes de pago de hasta noventa (90) cuotas mensuales.

Fuente: Agrovoz

BUSCAR

REDES SOCIALES

Más Vistas

GANADERIAFestucosis: pautas para prevenir intoxicaciones en rodeos

Especialistas del INTA Balcarce advierten sobre el riesgo de intoxicación por consumo de festuca infectada con hongos endófitos.

[...]

26/12/2025 16 0

GANADERIAEl año termina con precios históricamente altos

El analista Ignacio Iriarte realiza una evaluación de los precios en el mercado de hacienda, al tiempo que proyecta una zafra de terneros de unos 600 animales menos que en 2023, antes que se manifestaran los efectos de la seca.

[...]

26/12/2025 16 0

GANADERIAPublican calendario de vacunación 2026 contra fiebre aftosa

El SENASA confirmó el cronograma para la primera y segunda campaña antiaftosa y antibrucélica del próximo año, de acuerdo al cambio de estrategia.

[...]

26/12/2025 16 0

ACTUALIDADCortes de carne vacuna aumentaron más del 8% en noviembre

En promedio el precio de la categoría liviana de consumo minorista tuvo un aumento del 8.2% comparándolo con el precio del mes anterior.

[...]

26/12/2025 16 0

ACTUALIDADLechería: Hubo recuperación, pero hay alerta para 2026

La actividad cierra el año con una fuerte recuperación: 11.600 millones de litros producidos y un crecimiento del 10%, aunque en las últimas semanas hubo una caída de precios internacionales y un aumento de costos.


[...]

26/12/2025 16 0
Redacción:
Dana Olivera Taleb

Editor General
E-mail: dana@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 689678
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Comercial:
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Web:
Gnosis Software

Diseño y Desarrollo
E-mail: info@gnosissoftware.com.ar

Telefono: 0343 - 4221057