Media sanción a regulación de aplicación de fitosanitarios

El proyecto propone un sistema de uso "adecuado, racional, responsable y correcto", con una restricción de hasta 3.000 metros y el resguardo de asentamientos humanos y de fuentes de aguas naturales.

27/12/2017 | En Entre Ríos

Según Infocampo, la Cámara de Senadores de Entre Ríos dio anoche media sanción al proyecto de ley que propone un sistema de uso “adecuado, racional, responsable y correcto” de productos fitosanitarios en los procesos productivos, con una propuesta de restricción de hasta 3.000 metros para la aplicación y el resguardo de asentamientos humanos y de fuentes de aguas naturales.

La iniciativa tiene como fin “la protección de la salud humana, de los recursos naturales, del ambiente y de la producción agropecuaria”, para lograr cuidar la calidad de los alimentos y materias primas de origen vegetal, el desarrollo sostenible y minimizar el impacto ambiental.

Los senadores que trataron el proyecto, que pasará a Diputados, fueron Mario Torres (Villaguay), Nicolás Mattiauda (Gualeguaychú), Francisco Morchio (Gualeguay), Ángel Giano (Concordia), Daniel Olano (Islas) y Aldo Ballestena (La Paz).

Los detalles

Según indicó el medio local Apf, el nuevo proyecto reemplazará al vigente desde 1980 (Ley 6.599 y modificatorias) y apunta a la protección de la salud humana, de los recursos naturales y de la producción agrícola, sin dejar de lado el avance tecnológico y la necesaria readaptación del territorio.

“Es un tema complejo, no sólo por el anhelo de lograr un adecuado equilibrio en la jerarquía de los derechos en juego, sino por la competencia de regulación en los distintos niveles de gobierno que confluyen en la temática. No podemos soslayar que ella está regulada por los Códigos de fondo y varias leyes nacionales, las cuales, si bien establecen marcos generales de aplicación, reglan una parte de la materia”, consideró Torres.

De acuerdo a lo indicado en los primeros capítulos, se creará un Fondo Fitosanitario para otorgar fondos a los organismos para realizar controles, y se avanzará en convenios entre los distintos niveles de gobierno y entidades. Además, se buscará la conformación de un registro para el control adecuado de la maquinaria utilizada en las aplicaciones.

En este último punto, se pedirá que la pulverización de plaguicidas se haga resguardando posibles daños a asentamientos humanos y a las fuentes de aguas naturales (arroyos, ríos), con restricciones de hasta 3.000 metros.

Además, se destacará la participación de profesionales de la agronomía y de la regulación de los envases vacíos de productos químicos.

En tanto, el Consejo Provincial Fitosanitario deberá brindar un aporte material de referencia científico y técnico para ser utilizado por todos los actores para fijar estrategias para el uso adecuado y control de las aplicaciones de fitosanitarios.

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