INASE: Prorrogan el pago del registro de semillas

Hasta ahora, había tiempo hasta el 31 de marzo para pagar la renovación de la inscripción en el Registro Nacional de Semillas. El plazo se extendió al 31 de mayo.

04/05/2017 | Por 60 días

Instituto Nacional de Semillas (INASE) publicó en el Boletín Oficial su resolución 205-E/2017, en la que prorrogó por dos meses el plazo para que productores y empresas que operan en el mercado de semillas, renueven su inscripción en el registro formal que administra el organismo.

Hasta ahora, la fecha límite para pagar las tasas y servicios que impone el INASE para poder formar parte del registro, era el 31 de marzo, y desde este ejercicio se ampliará hasta el 31 de mayo, según consta en el documento oficial.

Resolución

“Establécese que el vencimiento de las inscripciones ante el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas, operará el día 31 del mes de marzo de cada año. El pago de la renovación anual deberá realizarse dentro de los 60 días corridos posteriores a la fecha antes indicada”, señala la normativa, que actualiza una dispuesta en 2010.

El INASE recordó que la anualidad se paga por año adelantado y que el arancel de inscripción que abona el interesado al inscribirse, lo habilita en el Registro hasta el vencimiento de la primera anualidad.

Sin contemplaciones

En este marco, la resolución impone que “caducarán de pleno derecho y sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial alguna, todas las inscripciones cuyas renovaciones anuales no hubieren sido abonadas dentro de los 60 días corridos posteriores a su vencimiento, para lo cual deberán notificar del pago enviando el comprobante por correo postal o e-mail identificando emisor y motivo a las direcciones que figuran en el formulario “Informes de Pago” que se encuentra en la página web del INASE”.

“Todo pago recibido que no se pueda identificar emisor y motivo, se tendrá por no realizado, no pudiéndose efectuar ningún tipo de tramitación ante el organismo hasta que el interesado demuestre fehacientemente su pago”, agrega el texto normativo.

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