Habilitan la inscripción de Cannabis para uso medicinal

El INASE habilitó la inscripción de variedades de Cannabis sativa L, y mediante una resolución conjunta con el Ministerio de Salud, se posibilitará la producción de este cultivo para uso medicinal y de investigación.

29/04/2021 | El INASE

A través de la Resolución Conjunta Nª 5/2021 firmada por la Ministra de Salud Carla Vizzotti y el presidente del INASE, Joaquín Serrano, se autoriza la inscripción de germoplasma nacional de Cannabis sativa L. para uso medicinal en el Registro Nacional de Cultivares y/o el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INASE.

La nueva resolución entre Salud y el INASE permitirá avanzar en la estandarización de semillas para su uso en cultivos controlados, con el fin de garantizar la seguridad y calidad de los productos utilizados en el ámbito medicinal.

“El Estado cambió su mirada y con este paso, además del REPROCANN, estamos contribuyendo a solucionarle la vida a un número de familias que tiene una problemática de salud”, destacó la ministra Vizotti y agregó que “darles un camino legal es algo que era nuestra responsabilidad y no es menor que haya pasado a pesar de la pandemia”.

El ministro de Agricultura Luis Basterra también se refirió al anuncio: “Este desarrollo nos permite avanzar en cultivo ordenado y controlado, para que no haya puntos débiles en la instrumentación de la producción”, concluyó Basterra.

La resolución establece que todos aquellos que tramiten la inscripción deberán presentar ante el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales del Ministerio de Salud un informe con el fundamento técnico de la inscripción en los registros del INASE, el cual tendrá carácter de declaración jurada, a los fines de verificar que la misma se encuentra dentro del marco de la Ley 27.350 y su Decreto Reglamentario número 883/20.

En el país existen diferentes organismos académicos, universidades y centros de investigación asociados que llevan a cabo estudios relacionados con las distintas variedades de cannabis, etnobotánica, morfología, taxonomía, anatomía y caracterización química de las variedades locales que podrán ser registradas.

En la actualidad hay proyectos de extensión universitaria que han recibido material genético de distintas organizaciones para caracterizarlas y realizarle la analítica correspondiente a los productos que circulan en el país.

La inscripción y el cultivo de variedades locales de cannabis constituye un gesto de reconocimiento a aquellas personas y organizaciones que cultivaron y desarrollaron productos derivados del cannabis y asistieron a quienes lo necesitaban, aun poniendo en riesgo sus libertades individuales, y articularon con las Universidades en pos de asegurar un estándar de calidad al producto.

Además, protege y valoriza la soberanía sobre nuestros recursos culturales y el desarrollo de conocimiento generado en el País a través de nuestras Universidades, lo cual nos permitirá contar con capacidad propia evitando tener que recurrir a paquetes tecnológicos extranjeros.

Finalmente, esta medida pone en valor elgermoplasma nacional, teniendo en cuenta que nuestro país tiene vasta experiencia en programas de fitomejoramiento vegetal y producción de semillas.

El Director Nacional de Articulación Federal, Gabriel Giménez, señaló la importancia de promulgación de esta normativa destacando los siguientes puntos:

– Garantizará el objetivo central de la Ley Nº 27.350 en relación al acceso al cannabis medicinal por parte de ciudadanos y ciudadanas.

– Permitirá a quienes cultivan sus propias plantas, el acceso a semillas de calidad e identidad certificada y, a quienes consumen sus productos, información fehaciente sobre ellos.

– Pondrá en valor el trabajo de todos aquellos que a lo largo de estos años han investigado y estudiado las propiedades de la semilla de esta especie, aún cuando la actividad no estaba contemplada en la Ley.

– Posibilitará la comercialización y eventualmente la utilización del derecho de obtentor.

– Colaborará en la ampliación de la soberanía tecnológica, permitiendo la investigación, el desarrollo y el mejoramiento de variedades aplicadas al territorio nacional y sus características propias.

Así, la inscripción de variedades nacionales como internacionales, será la piedra fundamental para obtener información sobre los perfiles de cannabinoides, terpenos y flavonoides de las distintas variedades de Cannabis, un insumo básico que redundará en una mejor investigación, un mayor acceso y ampliará las posibilidades de desarrollar la producción nacional de la especie a pequeña, mediana o gran escala.

Fuente: Todo Agro

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