El Gobierno reglamenta el transporte de productos forestales

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley que habilita el transporte de productos forestales por medio de camión, remolque o semirremolque, que transiten en vías de tránsito de jurisdicción provincial.  

26/12/2019 | Ley 10766

El texto busca profundizar la seguridad vial y evitar accidentes en las carreteras.

El gobernador Gustavo Bordet puso en vigencia la Ley 10766, que habilita el transporte de productos forestales por medio de camión, remolque o semirremolque, que transiten en vías de tránsito de jurisdicción provincial.

La norma determina que el acondicionamiento de los productos forestales deberá efectuarse de forma de evitar durante el transporte, la caída total o parcial de los mismos y no provocar la pérdida de estabilidad de los vehículos debido a una mala distribución o sujeción de las cargas, con el consiguiente peligro de quienes transitan por nuestras rutas, dice la iniciativa del legislador radical. También está contemplado el transporte de productos forestales en forma de leña, aserrín, chips, despuntes, etc., que deberá efectuarse de modo que se impida su caída a la vía de tránsito durante el transporte, por lo que la plataforma de carga de los vehículos, deberá además de las especificaciones anteriores, ser cerrada o contar con una cobertura de malla metálica.

En ese marco, se autorizó el transporte por carreteras provinciales de productos forestales. El acondicionamiento “deberá efectuarse de forma de evitar durante el transporte la caída total o parcial de los mismos y no provocar la pérdida de estabilidad de los vehículos debido a una mala distribución o sujeción de las cargas”.

Los productos forestales en forma de troncos, tablones, etc. se podrán transportar dispuestos en forma longitudinal o transversal a la plataforma de carga de los vehículos, por lo que los vehículos que transporten productos forestales deberán disponer de un sistema de sujeción lateral.

La altura de los vehículos (incluyendo la carga) no será superior a la altura máxima reglamentaría medida desde la superficie del pavimento.

Por otro lado, establecen principios procesales y las multas que se podrían aplicar, según las infracciones en las que se incurra.

Fuente: AIM Digital

BUSCAR

REDES SOCIALES

Más Vistas

ACTUALIDADRefuerzan medidas de prevención ante casos de triquinosis

Con la llegada de los meses más fríos, comienza también el período del año en el que históricamente aumenta el riesgo de transmisión de la triquinosis.

[...]

18/06/2026 16 0

CLIMA¿Llega un super Niño a la Argentina?

Un nuevo informe internacional advierte que el fenómeno El Niño se fortalecerá en los próximos meses y tiene un 63% de probabilidades de convertirse en un evento muy intenso.

[...]

18/06/2026 16 0

ACTUALIDADDesde el 24 de junio censarán la cadena forestal entrerriana

De manera integrada al gobierno nacional, Entre Ríos, Corrientes, Misiones y Buenos Aires realizarán el Censo Nacional Foresto Industrial 2026.

[...]

18/06/2026 16 0

ACTUALIDADPor cada $100 de renta agrícola, el Estado se queda con $62

Sigue siendo alto lo que se queda el Estado de la renta agrícola. De cada $100, $61,9 son impuestos. La baja de retenciones y la mejora del precio del trigo ayudaron a los números de este cultivo. 

[...]

17/06/2026 16 0

AGRICULTURAIntención de siembra de girasol para la campaña 2026/27

Para la campaña 2026/27 se proyecta una superficie sembrada con girasol de aproximadamente 22.000 ha.

[...]

19/06/2026 16 0
Redacción:
Dana Olivera Taleb

Editor General
E-mail: dana@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 689678
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Comercial:
Sofía Ponce

Redacción
E-mail: sofia@momentodecampo.com.ar

Telefono: 0343 154 640663
Web:
Gnosis Software

Diseño y Desarrollo
E-mail: info@gnosissoftware.com.ar

Telefono: 0343 - 4221057