Promueven la producci贸n agroecol贸gica en la ciudad

La ordenanza establece estimular la transición hacia la producción agroecológica a nivel municipal comenzando un camino de transición hacia un nuevo modelo de agricultura que nos permita repoblar el campo y la periferia urbana.

04/06/2018 | Por ordenanza

Mientras el oficialismo en la Cámara de Diputados rechazó, hace semanas, tratar un proyecto de ley sobre agroquímicos apelando a trabajar sobre una iniciativa que promueva la producción agroecológica, en Paraná fue promulgada una ordenanza en ese sentido. Se trata de la N.º 9683, promulgada el 9 de mayo por el Decreto N.º 714.

El texto conforme a lo publicado por RecintoNet.com busca "fomentar y/o articular políticas, programas y acciones que impulsen el desarrollo de Sistemas de Producción Agroecológica mediante la promoción y regulación de procesos de producción, distribución, industrialización casera y artesanal, comercialización y consumo de alimentos saludables, entendiendo éstos, como aquellos logrados a partir de considerar en forma interrelacionadas las dimensiones de sustentabilidad ambiental, económica, social y cultural".

Además, trabajará en "estimular la transición hacia la producción agroecológica a nivel municipal comenzando, de esta manera, un camino de transición hacia un nuevo modelo de agricultura que nos permita repoblar el campo y la periferia urbana, valorar los saberes populares y ancestrales, producir en una escala más pequeña y armoniosa con la naturaleza, proteger el ambiente, cuidar los ecosistemas y a través de la producción sana de alimentos variados y locales promover el desarrollo local, el turismo ecológico, generar fuentes de trabajo en zona rural y periurbana como así también dentro de la ciudad misma, defender la soberanía alimentaria y territorial; y fundamentalmente mejorar la dieta alimenticia y preservar la salud de la población".

La ordenanza define a la Producción Agroecológica como el "conjunto de prácticas agropecuarias rurales y urbanas basadas en una agricultura de procesos y no de insumos: y en el diseño, desarrollo y gestión de sistemas agrícolas sustentables y tecnologías apropiadas, respetando la diversidad natural y social de los ecosistemas locales, la diversificación de cultivos y la revalorización de prácticas tradicionales, sin la utilización de insumos de síntesis química ni Organismos Genéticamente Modificados (OGM) que permitan una alimentación segura y saludable. Se incluye, por lo tanto dentro de esta definición a la agricultura orgánica, biodinámica, permacultura y cualquier otra variante que cumpla con los elementos centrales detallados en el artículo 3° de la presente ordenanza".

En la comuna se deberá crear la Dirección de Agroecología Municipal; así como el Registro Municipal de Producciones Agropecuarias Agroecológicas; y el Consejo Asesor Municipal Agroecológico. De cada uno de estos espacios se detallan las competencias.

Entre otros puntos, se crea el Sistema Municipal Único de Certificación Participativa que tendrá como principios y valores: a) construir sistemas productivos económicamente viables; b) preservar los recursos naturales y su biodiversidad; c) promover la soberanía, seguridad y salubridad alimentaria; d) promover la dignidad del trabajo de la familia de los agricultores; e) acceso de toda la población a los productos agroecológicos; f) promover los circuitos cortos de comercialización sobre la base de un sistema de economía solidaria; g) precio justo para el productor y accesible para el consumidor; h) Otorgar un sello de origen al alimento o materia prima agroecológica con el objeto de que dicha materia prima o alimento pueda ser identificado fácilmente por el consumidor.

En tanto, el Consejo Asesor Municipal Agroecológico "hará un seguimiento de los distintos establecimientos agroecológicos inscriptos en el Registro Municipal, verificando que se cumpla con el protocolo consensuado de producción agroecológica y otorgará un sello de origen a todas las materias primas y alimentos que cumplan con los requisitos establecidos en forma gratuita".

Por último, se adhiere a la Ley Provincial N° 9625 y Ley Nacional N° 25127/99, referidas a la Producción Ecológica, Biológica u Orgánica.

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